Servicio Solidario de Sepelio

El Servicio Solidario de Sepelio comienza a funcionar en el año 1991, con el objetivo principal de cubrir una necesidad muy importante para la población de la ciudad de Río Grande.


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Guardia del Servicio
Solidario de Sepelio

Este servicio, pensado para los asociados y su grupo familiar directo y conviviente, se encuentra sin embargo abierto a toda la comunidad respondiendo de manera inmediata, con profesionalismo y calidez en la atención, ofreciendo la contención y tranquilidad tan necesarias en una situación tan difícil y dolorosa como es la pérdida de un ser querido.
Las oficinas y salas velatorias se encuentran ubicadas en calle Perito Moreno Nº 71, donde nuestro personal ofrece el asesoramiento necesario para que el asociado pueda solicitar y efectuar el servicio adecuado a su necesidad.

Condiciones del servicio solidario de sepelio

El servicio cubre al asociado titular del medidor de energía, padres, cónyuge e hijos convivientes hasta 25 años de edad, siempre y cuando se encuentren debidamente declarados, para lo que deberán completar un formulario con carácter de declaración jurada y adjuntar copia del documento de identidad de cada uno.

Se debe tener en cuenta que el servicio no cubre a otros familiares, aunque convivan en el mismo domicilio.

Los no socios o usuarios no titulares que deseen adherir a este servicio, deben afiliarse en forma particular.

El servicio cubre:

  • Retiro del hospital o clínica.
  • Provisión de un ataúd Bóveda dos paneles.
  • Servicio de sala velatoria.
  • Trámites en la municipalidad para la inhumación.
  • Traslado al cementerio.

La prestación del servicio deberá requerirse personalmente, por cualquier persona que acredite relación con el fallecido y asuma las responsabilidades y obligaciones emergentes.

Desde el momento de la presentación de la declaración jurada, los servicios a los que se podrá acceder son los siguientes: a) menos de 60 días, no tiene derecho al uso del servicio, salvo muerte súbita y/o accidente. b) entre 61 y 90 días, solo corresponde el servicio básico de entrega de ataúd. c) con más de 91 días, corresponde el servicio completo, según lo establecido en el artículo 7º del reglamento del Servicio Solidario de Sepelio.

A partir del 01 de junio de 2021, los asociados que requieran el servicio de cremación (para personas fallecidas partir de esa fecha) podrán acceder al mismo sin costos adicionales.


Adhesión/Actualización Servicio Solidario de Sepelio.

Es condición indispensable que el grupo familiar se encuentre debidamente registrado para poder acceder al beneficio.

Para agilizar el empadronamiento y/o actualización de datos, ponemos a su disposición el siguiente link , donde podrán cargar los datos de su grupo familiar, o adherirse al servicio.

La adhesión o actualización para el Servicio Solidario de Sepelio puede realizarse desde la Oficina Virtual.